Tipos de Productos Financieros

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Productos Financieros: cada uno tiene su utilidad

Al igual que los productos de limpieza, que parecen todos lo mismo pero cada uno tiene su utilidad, sucede con los productos financieros.

Todos los productos financieros facilitan dinero, pero según sea el producto, el dinero tendrá un destino distinto.

O dicho de otra forma, según sea el motivo por el cual el negocio necesita dinero, se contratará uno u otro producto.

¿Cuáles son los motivos por los que el negocio puede necesitar dinero?

Desajustes en la Tesorería

Hay momentos puntuales en los que el negocio necesita dinero, ya que durante unos días, unas semanas,…, la corriente de Ingresos no aporta suficiente dinero para atender la corriente de Pagos.

Esto sucede con frecuencia en los meses de pago de impuestos, períodos vacacionales,… En estos casos, lo correcto es contratar una Póliza de Crédito.

Al contratar este producto, la entidad financiera pone a disposición del negocio una cantidad de dinero de la que hará uso en la medida de lo que necesite.

La entidad financiera cobrará intereses sólo por la cantidad empleada, si bien puede cobrar una comisión por la parte no dispuesta.

Este producto es el adecuado cuando se desconoce exactamente cuál es la cantidad de dinero que se necesita.

Hace falta dinero

Cuando hace falta dinero y se conoce la cantidad que se necesita, lo adecuado es contratar un Préstamo.

A diferencia de la línea de crédito, en los préstamos, la entidad financiera entrega todo el dinero y cobra intereses por todo el dinero entregado a través de cuotas periódicas, normalmente mensuales, que incluyen el reembolso de parte del dinero prestado y los intereses que se hayan devengado hasta ese momento.

Normalmente, se acude a los préstamos para adquirir bienes de larga duración.

Si se trata de bienes muebles (vehículos, maquinaria, equipos informáticos,…) se contrata un préstamo que, normalmente, conlleva una reserva de dominio a favor de la entidad financiera de forma que hasta que no se pague la última cuota, la titularidad del bien es de la entidad financiera.

Si se trata de bienes inmuebles (terrenos, locales comerciales,…) se contrata un préstamo cuya garantía, normalmente, es el propio bien sobre el que se constituye una hipoteca.

Como alternativa a los préstamos están los Leasings que nos permiten hacer uso del bien en cuestión, pero a diferencia de los préstamos, el propietario del bien es la compañía de Leasing. Realmente, se tratan de arrendamientos financieros que incluyen la opción de poder comprar el bien al final del contrato cuando se paga la última cuota.

Otro producto que también nos permite disponer de los bienes, en este caso sólo bienes muebles, es el Renting. Realmente, se trata de un arrendamiento, que a diferencia de los Leasings, no incluye la opción de compra.

Se necesita cobrar antes a los Clientes

Cuando la necesidad de dinero es consecuencia de que los plazos de cobro a los Clientes son demasiados largos y no existe la posibilidad de acortarlos, se pueden contratar Líneas de Descuento o hacer uso del Factoring.

Ambos productos permiten anticipar el cobro de la deuda de nuestros clientes a cambio de un porcentaje que se queda por adelantado la entidad financiera. De ahí que se trate de operaciones al descuento, es decir, los intereses se cobran al principio.

La gran diferencia entre ambos productos es el documento soporte de la operación.

En el caso de las Líneas de Descuento, el documento soporte es un medio de pago legalmente aceptado que estipula una fecha de vencimiento, como puede ser una pagaré o una letra de cambio.

En el Factoring, el documento soporte es una factura emitida por el Cliente.

Se necesita aplazar el pago a los Proveedores

Cuando la necesidad de dinero es consecuencia de que los plazos de pagos a los Proveedores son demasiado cortos y no existe la posibilidad de alargarlos, se puede contratar un Confirming.

En el Confirming, la Entidad Financiera paga la factura al Proveedor en el plazo pactado con él. Posteriormente, una vez transcurrido el plazo que hayamos pactado con la Entidad Financiera, ésta nos cobrará a nosotros el importe de la factura del Proveedor.

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